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Boletines Oficiales Tribunal de Penas
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BOLETIN OFICIAL: 10/2012

A C T A   Nº 2003: REUNION DEL HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS: EXTRAORDINARIA

      En la ciudad de San Francisco, a los 26 días del mes de Abril de 2012, siendo las 17:00 hs, sé reúnen en el local de LIGA REGIONAL FUTBOL SAN FRANCISCO, los integrantes del HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS, con el objeto de tratar y resolver sanciones a aplicar, de acuerdo lo dispone el Reglamento de Transgresiones y Penas del CONSEJO FEDERAL del FUTBOL.

MIEMBROS PRESENTES: NELSO MENDOZA, RUBEN BONINO, JORGE MARTINO, RODOLFO PAOLANTONIO, MARIO RUIZ,  SANTIAGO RUIZ, ORESTE GAIDO y GERARDO SCIPIONI.

De acuerdo a sendas notas presentadas por los representativos de 9 JULIO OLIMPICO y TIRO FEDERAL MORTEROS en la cuál, expresan error cometido en INFORME por parte del árbitro que dirigiera partido de 3º División jugado entre ambos, el pasado día 22 del corriente, en las expulsiones de los jugadores: Guillermo ANDREO DNI: 31404892 Carné: 11130 del representativo de 9 JULIO OLIMPICO, en lugar de Sergio ESPINOSA DNI: 32713638 Carné: 30482 y de Gastón BENAVIDEZ DNI: 38831899 Carné 23976 de TIRO FEDERAL MORTEROS, en lugar de: Jesús REYNOSO DNI: 34132178 que figura con casaca Nº 10 en su casillero correspondiente y, teniendo en cuenta nuevo INFORME rectificativo presentado por el árbitro de dicho partido el cuál, es coincidente con lo manifestado por ambas Instituciones, este Tribunal de Penas, RESUELVE:
1.- Dejar SIN EFECTO las sanciones aplicadas oportunamente y que figuran en Acta Nº 2002 del 24 del corriente de los jugadores: Guillermo ANDREO del representativo de 9 JULIO OLIMPICO y de Gastón BENAVIDEZ perteneciente a TIRO FEDERAL MORTEROS;
2.- SANCIONAR  a los jugadores de:
9 JULIO OLIMPICO
ESPINOZA SERGIO: TERCERA: Jugador: Art. 200 inc a) ap. 1):
3 partidos
TIRO FEDERAL MORTEROS
REYNOSO JESUS: TERCERA: Jugador: Art. 200 inc a) ap. 1):
3 partidos
3.- Aplicar a terna arbitral de SADRA compuesta por: Marcos MIRON en calidad de Arbitro y de los Árbitros Asistentes: Federico BLANDO y Lucas CARDARELLI pena de 21 DÍAS a cada uno, de acuerdo lo establecido por el Artículo 270 inciso b) del RTP;

    Sin más temas a tratar y resolver, se da por finalizada la reunión de la fecha, siendo las 17:30 horas.-
 

El presente BOLETIN es COMUNICACIÓN OFICIAL DE LIGA REGIONAL DE FÚTBOL SAN FRANCISCO, pudiendo el mismo, ser solicitado en Secretaría de Liga ó consultarlo en pagina oficial de Internet de Liga: www.lrf-sanfco.com.ar, por lo que las Instituciones y todos otros interesados, deberán notificarse de este por los medios indicados y no teniendo esta Liga, la obligatoriedad de comunicar ó informar de lo resuelto.


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